En el mundo empresarial, se invierte mucho tiempo y recursos en planificar cómo abrir un negocio, pero rara vez se piensa en cómo cerrarlo. Cuando una aventura comercial llega a su fin, es común que los empresarios simplemente «bajen la persiana», dejen de emitir facturas y asuman que, al no haber operaciones comerciales, la empresa ha dejado de existir. Este es uno de los errores estratégicos más graves y peligrosos.
Dejar una sociedad inactiva sin formalizar su cierre legal la convierte en una «empresa zombi»: una entidad que no produce ingresos, pero que legalmente sigue viva, generando obligaciones y acumulando riesgos ocultos que, eventualmente, pueden estallar contra el patrimonio personal de sus socios y gerentes.
Mitigación de riesgos: Por qué apagar la luz al salir
El vehículo societario (ya sea una SAC, SA, SRL, etc.) es un escudo que protege el patrimonio de los accionistas. Sin embargo, ese escudo requiere mantenimiento. Si la empresa deja de operar y simplemente se abandona sin un proceso formal de disolución y liquidación, las contingencias se multiplican:
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Responsabilidad tributaria continua:
- Para la SUNAT y otras entidades gubernamentales, la empresa sigue existiendo. Si no se dan de baja los tributos o no se declaran los periodos sin movimiento, se empiezan a acumular multas por omisión de declaraciones. Peor aún, bajo ciertas circunstancias, la SUNAT puede imputar responsabilidad solidaria a los representantes legales (Gerente General) por los incumplimientos de la empresa.
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Contingencias administrativas y laborales:
- Licencias municipales que no se dan de baja siguen generando deudas. Igualmente, pueden existir obligaciones formales ante el Ministerio de Trabajo u otras entidades regulatorias que, al ser ignoradas, derivan en sanciones.
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Exposición de los gerentes, directivos y representantes:
- El Gerente General sigue asumiendo la responsabilidad legal de la empresa. Cualquier notificación judicial, tributaria o administrativa recaerá sobre él. Liquidar la empresa de manera formal es el único mecanismo que «libera» definitivamente a los administradores de responsabilidades futuras.
Iniciar un proceso ordenado de Disolución, Liquidación y Extinción (e inscribirlo adecuadamente en los Registros Públicos) es la única manera de poner un candado definitivo a estas obligaciones. Es certificar, ante el Estado y los acreedores, que el ciclo económico de la entidad concluyó de forma transparente.
La regla de oro: Cada empresa es un universo distinto
Si bien la liquidación es el camino natural para mitigar responsabilidades, esta decisión jamás debe tomarse de manera automática. La ruta hacia el cierre de una empresa no es un formato estándar; depende intrínsecamente de la situación patrimonial, contable y legal del caso concreto.
Antes de tomar cualquier decisión, es imperativo realizar una evaluación legal y financiera detallada del vehículo societario. ¿Por qué?
- Estado de Deudas y Activos: Si la empresa tiene más deudas que activos y no puede pagarlas, el camino societario regular de liquidación no es el adecuado. En este escenario, la ley obliga a recurrir al sistema concursal (Indecopi) para una liquidación o quiebra, evitando así que los directivos incurran en fraude a los acreedores.
- Activos Ocultos o Créditos Fiscales: A veces, las empresas inactivas mantienen la titularidad de marcas, inmuebles, saldos a favor del Impuesto a la Renta o crédito fiscal del IGV acumulado. Una evaluación legal determinará si es más eficiente mantener la empresa en suspensión temporal para aprovechar esos créditos o transferir los activos de manera eficiente antes de liquidar.
- Estrategia a Futuro: En algunos casos específicos, mantener una sociedad inactiva (cumpliendo con presentar las declaraciones en cero y manteniendo el cumplimiento formal) puede ser útil si los accionistas planean reactivarla para un nuevo proyecto a corto plazo, ahorrando los costos de constitución de una nueva empresa.
Conclusión
El fin de las operaciones comerciales no es el fin legal de la empresa. Ignorar un vehículo societario inactivo es dejar una puerta abierta para que los problemas del pasado ataquen el patrimonio del futuro. Sin embargo, decidir entre liquidar, someter a concurso o mantener vigente la sociedad en «suspensión» requiere de bisturí legal, no de hacha.
Todo empresario debe buscar asesoría especializada para realizar un diagnóstico preciso de su compañía inactiva. Solo a través de una evaluación detallada se podrá diseñar una estrategia de salida que garantice lo más importante para cualquier inversionista: la tranquilidad y la seguridad jurídica de su patrimonio.
Por: Octavio Salazar
Socio Director en SM Abogados